Como cuando te quitas una 🩹 tirita… voy a ponéroslo fácil e ir al grano.
Sabemos que existen multitud de webs hablando sobre este tema, pero hay algo que no termina de quedarte claro porque ahora estás aquí.
Vosotros lo que necesitáis es una wedding planner que os ayude y asesore sobre esto, así que 🤗 aquí estoy.
¿Os casáis por lo civil?
He diseñado para vosotros esta checklist para que la guardéis en el móvil y vayáis marcando aquellas cosas que vayáis completando.
Puedes DESCARGARLA abajo del todo 👇🏼
*¡AVISO! Estos son los trámites que tenéis que hacer si sois personas de nacionalidad española y solteros. Si uno de vosotros o ambos sois viudos, de nacionalidad extranjera o divorciados, escríbenos un comentario con tu caso y te responderemos resolviendo tus necesidades.
- Solicitar cita previa en el Registro Civil para apertura del expediente matrimonial
Tenéis que ir al registro civil del municipio en el que ambos estéis domiciliados o, al menos, en el que tenga su residencia habitual uno de los dos miembros de la pareja. También podéis hacerlo telemáticamente a través de la web del Ministerio de Justicia.
Podéis llevar preparado lo siguiente::
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de cada uno de vosotros.
- Certificado literal de nacimiento de cada uno de vosotros
¿qué es?
Es el documento que da fe del hecho del nacimiento de una persona; de la fecha, hora y lugar en que ocurrió, y de la identidad, sexo y filiación de la persona inscrita.
¿dónde solicitarlo?
En el Registro Civil de la localidad donde nacisteis o en la página web del Ministerio de Justicia.
- Certificado de empadronamiento y/o de convivencia
¿qué es?
Es un documento donde se indica la residencia de cada uno de ellos durante los dos últimos años.
¿dónde solicitarlo?
Este certificado será expedido por el Ayuntamiento correspondiente.
¿Cuándo solicitarlo?
Tendrá una vigencia de tres meses.
- Libro de Familia (en caso de tener hijos en común desde antes del 30 de abril de 2021)
- Certificado de Fe de Vida y Estado
¿qué es?
Documento que recoge, mediante la previa manifestación del interesado, el hecho de que una persona está viva, así como la presunción de su estado civil en virtud de la declaración que formula dicha persona.
¿dónde solicitarlo?
En el Registro Civil correspondiente al domicilio de la persona que lo solicita.
La fecha de expedición de todos estos documentos no puede superar los tres meses y debe ser entregada en formato original, nada de fotocopias.
Una vez hayáis iniciado el expediente (entregado toda esta documentación en el registro) os citarán otro día para asistir con un testigo donde se verificará toda la documentación y el testigo que firmará todos los papeles tendrá que certificar que ninguno de los cónyuges se casa en contra de su libertad, sino que lo hace libremente.
Tras esto, deberéis elegir dónde vais celebrar la boda en sí: Juzgado, ayuntamiento, el mismo registro o Notaría.
TIP EXTRA 💥
Otra opción más rápida y cómoda pero no gratuita es iniciar la apertura del expediente matrimonial directamente en una Notaría y hacerlo todo directamente allí. Esto os permitirá agilizar todo así como os ofrecerá un trato más directo e individualizado.
Si tenéis cualquier duda en particular, tenéis disponible la cajita de comentarios 💬👇🏼 para exponer vuestro caso ¡Estaremos encantados de ayudaros!